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Corte Suprema de Panamá niega el matrimonio igualitario

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Panamá
La Corte Suprema de Justicia de Panamá ha emitido un fallo que niega el derecho al matrimonio igualitario en el país.

¡Quedamos! La Corte Suprema de Justicia (CSJ) de Panamá emitió un comunicado el día de ayer donde da a conocer el fallo que guarda relación con una demanda de inconstitucionalidad presentada contra varios artículos del Código de la Familia.

Dicho fallo le cierra las puertas a la posibilidad del matrimonio igualitario en Panamá 

El comunicado establece que no son inconstitucionales la frase “entre un hombre y una mujer”, contenida en el artículo 26 del Código de la Familia de la República de Panamá, ni la expresión “las personas de ese mismo sexo”, incluida en el precepto 34, numeral 1, también del Código de la Familia de la República de Panamá, en un fallo del 16 de febrero de 2023.

El fallo estuvo bajo la ponencia de la magistrada presidente de la Corte Suprema de Justicia, María Eugenia López Arias y contó con seis votos a favor de los magistrados Carlos Alberto Vásquez Reyes, Cecilio Cedalise Riquelme, María Cristina Chen Stanziola, Miriam Cheng Rosas, Maribel Cornejo Batista y Ariadne Maribel García Angulo; uno razonado del magistrado Olmedo Arrocha Osorio, y el salvamento de voto de la magistrada Angela Russo de Cedeño.

Lo preocupante fue que la Corte Suprema de Justicia en su fallo dio a entender que el origen de la prohibición para las uniones entre personas del mismo sexo está establecido en la Constitución Política de la República de Panamá y que este órgano de justicia “no tiene facultad para decretar o proclamar derechos fundamentales que no estén positivizados e incidir en la eficacia y vigencia del contenido normativo del texto constitucional, por más cambios que se sucedan en la realidad, aun cuando estos tengan la entidad suficiente para producir una mutación constitucional”.

Al no estar reconocido el matrimonio entre personas del mismo sexo en la ley, se genera una serie de problemáticas como el derecho sucesorio (herencia), la posibilidad de tomar decisiones médicas de la pareja, exoneraciones de impuestos y otras consecuencias como dificultades para obtener préstamos y establecer un patrimonio común.

Actualmente, la homosexualidad es considerada un delito grave de acuerdo al reglamento interno de la Policía Nacional y el Benemérito Cuerpo de Bomberos. Se les prohíbe también a personas homosexuales donar sangre. Hasta 2008, la “sodomía” era considerada un delito en Ciudad de Panamá.

Con información de TVN