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Juez español determina que no es ilegal pedir sexo oral para saldar una deuda

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Se desató la polémica en España luego de que se difundiera la noticia de que un juez prácticamente avaló el pago de una deuda con sexo oral. 

¡Mis waweras! En septiembre de 2019, una mujer de Mallorca con problemas económicos le pidió al hermano de su expareja un préstamo de 15 mil euros. Unos días después de transferirle el dinero, el hombre le habló a su excuñada para sugerirle que podía hacerle “dos o tres biberones” a modo de pago. Según la denuncia, la mujer llegó a un acuerdo con el hombre y los dos se vieron en cinco ocasiones en el interior de un vehículo para darle sexo oral a cambio del dinero.

A pesar de que al momento del préstamo la mujer mantenía una excelente relación con su excuñado, a raíz de la deuda este vínculo se fue deteriorando a tal punto de que empezó a sentirse amenazada por el sujeto. En la denuncia de acoso sexual y coacción que la víctima presentó a la Policía Nacional quedó un registro de las frases intimidatorias que le hizo el hombre, como la siguiente:

“Yo soy muy radical. Yo tanto puedo ser agresivo como vengativo. ¿Eres consciente de lo que te acabo de decir? No tengo muchas piedades el día que me pongo en plan de combate. No lo debes poner en duda”.

Cuando el denunciado propuso ir “más allá de las felaciones”, la mujer empezó a compartir su situación con amigos y familiares. En la medida en que se difundía el caso, las injurias de parte del acusado subieron de tono, a tal grado de que amenazó con denunciarla si no cumplía con su deuda. Es decir, hubo una situación de acoso y abuso de confianza.

Diego Gómez-Reino

El caso fue llevado a la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, presidida por el juez Diego Gómez-Reino, donde se decidió que no había ningún delito en saldar una deuda monetaria mediante relaciones sexuales, siempre y cuando el acuerdo se haya realizado de forma voluntaria y consensuada entre personas adultas.

El juez desestimó el caso porque se había demostrado que hubo consentimiento libre entre las partes involucradas. Lo que sí no quedó claro, fue el acoso posterior que el hombre estaba ejerciendo, puesto que no había un acuerdo previo de algo más que sexo oral. Sin duda, el machismo sigue imperando, manas.

Insatisfechos con la decisión de la Audiencia, los abogados de la víctima presentaron un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional. El pasado 03 de enero, medios españoles reportaron que el tribunal inadmitió el recurso de amparo porque éste no justificaba la “especial trascendencia constitucional” del caso. Por consecuente, se mantuvo vigente la polémica decisión del juez Gómez-Reino.

Con información de Televisa News