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Asexuales de Yucatán demandan a la Secretaría Salud por terapias de conversión

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Foto Diario de Yucatán

¡Mis Cielas! Mis comadres asexuales yucatecas demandaron para que no se les trate en terapias de conversión como si fuera una enfermedad.

En Yucatán, cinco personas de la entidad presentaron un amparo contra la Secretaría de Salud y otras autoridades del Sistema Nacional de Salud, por catalogar la asexualidad como una enfermedad psiquiátrica que se tuviera que curar.

El Colectivo por la Protección de Todas las Familias en Yucatán (Colectivo PTFY) expresó en un comunicado que las personas demandantes acudieron a la justicia federal después de que las autoridades comentaran que la asexualidad se entiende como un problema psiquiátrico en el marco del Sistema Nacional de Salud.

“Según el personal de la Secretaría de Salud, si una persona afirma no tener atracción sexual hacia nadie, primero se le realizan estudios para saber si no tiene un origen fisiológico. Descartado esto, son canalizados al personal de psiquiatría para terapia”, dijo el colectivo.

Por esta razón, se exige que se capacite mejor al personal de salud, en especial a los servicios psiquiátricos para poder acceder a la salud sin discriminación, pues estas prácticas se consideran como una terapia de conversión porque se busca curar a las personas con orientación asexual.

El amparo se admitió el pasado 16 de julio por el Juzgado Tercero de Distrito en Yucatán, que se hará cargo del tema y que esta no es la primera vez que se presenta un amparo para proteger los derechos de las personas asexuales.

“Históricamente se ha creído erróneamente que la asexualidad es un problema de salud o una decisión de celibato, cuando es una orientación más que nadie elige y que no se puede ni se tendría por qué curar”, dijo Kalycho Escoffié, quien es representante legal del colectivo.

La integrante del equipo jurídico de la organización expresó que se identificó una de las prácticas para tratar la asexualidad en 2018 en la Guía Médica de Atención Integral a la Mujer en el PERI y Postmenopausia para el Primer Nivel de Atención y con información que se obtuvo mediante la Subdirección de Desarrollo Normativo en Salud Mental y Enlace de Transparencia Asignado de la Secretaría de Salud del Gobierno Federal.

“Debe distinguirse de manera muy clara cuando se trata de asexualidad y cuándo de un problema fisiológico como la impotencia o los procesos propios de la menopausia. Estos procesos son coyunturales y no permanentes. La asexualidad es una orientación, por lo que es mantenida en al tiempo. Además, no implica ningún problema de funcionamiento sexual.”, añadió Escoffié.

La asexualidad es una orientación sexual que se caracteriza por no sentir atracción sexual hacia ninguna persona o desinterés por las personas sexuales y conforme a información del colectivo PTFY se estima que por lo menos 1% de la población mundial es asexual.