La Corte Suprema de Justicia de El Salvador ha aprobado la reforma de ley para el cambio de identidad de género.
¡Manas! La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador aceptó una demanda para derogar el inciso dos del artículo 23 de la «Ley del Nombre de la Persona Natural», que establece las causales para el cambio de nombre.
Con esto, ordenó a la Asamblea que emita una reforma para garantizar la deuda histórica que se tiene hacia las poblaciones LGBTIQ+ en el país.
El mencionado artículo (23º), no regulaba los supuestos y condiciones que pueden llevar a una persona a cambiar de nombre por su identidad de género, lo cual constituía «un trato discriminatorio no justificado».
En su resolución, las y los magistrados dieron a la Cámara de Diputados un año de plazo para emitir la mencionada reforma.
Además, colectivos defensores de derechos humanos y diversidad sexual reclaman la creación de una «Ley de Identidad de Género» que ayude a reducir los niveles de discriminación y violencia que sufren las poblaciones LGBT+ en El Salvador.