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En Colombia, se ordena permitir la donación de sangre de personas LGBT+

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Corte Constitucional de Colombia ordena eliminar el estigma y la prohibición que ha impedido la donación de sangre de las poblaciones LGBT+.

¡Manas! La Corte Constitucional de Colombia ordenó a las autoridades sanitarias que modificaran las normas y procedimientos para la donación de sangreya que discriminan a las personas por su orientación sexual o identidad de género. Esta decisión fue adoptada por la corte luego de que se le negara la posibilidad de donación a una pareja de hombres.

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“La población LGBT todavía sufre los vestigios del peligrosísimo homofóbico y transfóbico que la relaciona con ciertas patologías como es el caso del VIH y su vinculación histórica con los hombres homosexuales y las mujeres trans, a pesar de que su transmisión no depende de esto sino de las prácticas sexuales riesgosas, como el sexo anal receptivo sin el uso de preservativos”, detalló el tribunal en un comunicado.

En Colombia, tanto el Ministerio de Salud y Protección Social como el Instituto Nacional de Salud (INS) no permitían que los hombres homosexuales y las mujeres trans donen sangre porque entienden que son una población de mayor riesgo de exposición al VIH. No obstante, ahora deberán modificar el escrito en la sección que refiere a que la orientación sexual o identidad de género son factores de riesgo en una donación.

“Esta situación de discriminación estructural hace necesario insistir en el reemplazo de la noción de grupos de riesgo por la de prácticas sexuales riesgosas en la selección de donantes de sangre”, indicó la Corte Constitucional en el documento.

El documento subraya que las organizaciones tendrán un plazo de seis meses para poder modificar el «Manual de normas de los bancos de sangre» y los protocolos de información, así como también crear una campaña pedagógica que esté dirigida hacia el público y que difunda la prohibición de la discriminación de la población LGTB a la hora de donar.

Finalmente, remarca que también se deberá capacitar al personal de salud, y que el INS deberá borrar de la base de datos a todas las personas que hayan sido excluidas únicamente por su orientación sexual o identidad de género.

Con información de Agencia Regional de Noticias