El Gobierno de España ha aprobado la ‘ley trans’ y de Derechos de las personas LGTB+, que ahora pasará a ser tramitada en el Congreso de los Diputados.
¡El futuro es trans! La «ley trans» de España ha sido aprobada con algunas modificaciones técnicas pero «sin grandes cambios» con respecto al texto inicial, con lo que queda reconocida la libre determinación del género sin informe médico ni tratamiento a partir de los 14 años, sin consentimiento paterno a partir de los 16 y deja de considerarse enfermas a las personas trans.
«Hoy volvemos a situarnos en la vanguardia de los derechos de las personas LGTBI»…»El Gobierno de coalición está con las personas trans, con las personas LGTBI y sus familias. Esto sirve para que España sea un país con cada vez más derechos en el que todos podamos ser felices», declaró la ministra de Igualdad, Irene Montero.
El texto de Igualdad establece que el cambio de sexo registral se podrá realizar a partir de los 12 años: entre 12 y 14 años se necesitará aprobación judicial; entre 14 y 16, la asistencia de padres o tutores; y a partir de los 16 no habrá limitación alguna.
Este mismo lunes, un juez ha reconocido el cambio registral de sexo a un menor de ocho años en Ourense, tras comprobar su «suficiente madurez» y su «situación estable de transexualidad». En 2019, el Tribunal Constitucional ya avaló que los menores de edad con esos requisitos pudieran solicitar el cambio de sexo en el Registro.
Por otra parte, La ley ‘despatologiza’ a las personas trans, de forma que la voluntad de la persona será el único requisito para el cambio, acabando así con los informes médicos y la necesidad de tutelas médicas y legales.
Así, se elimina el requisito de los dos años de hormonación para que estas personas sean reconocidas su identidad, así como el de un informe médico que acredite la disforia de género. Y todo el proceso se hará en un plazo máximo de cuatro meses a través de un sistema de doble comparecencia «en el que las personas trans podrán ser reconocidas por las administraciones por lo que son y podrán ser quienes son sin miedo, sin culpa y con el máximo reconocimiento», ha dicho Montero.
Una novedad del texto actual es que las personas trans migrantes podrán cambiar los documentos expedidos en España aunque en sus países de origen no tengan reconocidos sus derechos como personas trans.
Además, la ley también modifica el Código Civil para que las mujeres lesbianas y bisexuales puedan proceder a la filiación de sus hijos sin necesidad de estar casadas y, entre otras cosas, contempla un régimen de infracciones y sanciones que invierte las reglas relativas a la carga de la prueba cuando se trate de discriminación al colectivo LGTBIQ+.
La norma también prohibirá las terapias de conversión. Además, les niñes menores de 12 años deberán ser tratados en sus centros educativos conforme al nombre que hayan elegido.
«Las vidas LGTBI no necesitan ninguna cura, si acaso lo necesita la LGTBIfobia», ha expuesto Montero, quien ha subrayado que para ello se reforzará la educación en diversidad en las escuelas.
Ver esta publicación en Instagram
También incluye un apartado para las personas intersexuales, aquellas que nacen con órganos masculinos y femeninos. Se prohíbe la modificación genital de los recién nacidos, excepto por razones puramente médicas. Se da la opción a los progenitores de dejar durante un año en blanco la casilla en el registro que menciona el sexo si así lo consideran y de mutuo acuerdo.
El Gobierno también impulsará la no discriminación LGTBI en el trabajo y fomentará la inclusión de las personas trans, en especial las mujeres, en el ámbito laboral.
Por último, la ley incorpora sanciones contra la LGTBIfobia. Éstas podrán ser leves (de 200 a 2.000 euros) en casos, por ejemplo, como insultos o mensajes discriminatorios. Serán graves, con multas de hasta 10.000 euros, para acciones como la exclusión de personas LGTBI en la contratación. Y serán muy graves, con sanciones de hasta 150.000 euros, actuaciones como negar el acceso a bienes y servicios a personas LGTBI, las terapias de conversión, el acoso, o los contenidos educativos discriminatorios en libros de texto y materiales didácticos.