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CNDH exhorta a los Congresos de Sonora y Guanajuato a aprobar reformas a favor del matrimonio igualitario

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Pareja de lesbianas

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) recordó a los integrantes de los Congresos de Sonora y Guanajuato, que el Artículo primero Constitucional, en su párrafo quinto, prohíbe la discriminación motivada por cualquier característica inherente a las personas y que la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación señala las obligaciones que en esta materia deben cumplir todas las personas servidoras públicas e instituciones en México.

Además, el organismo llamó a los legisladores de ambas entidades para que tomen en consideración los señalamientos realizados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto a este tema.

Ya que no existe razón de índole constitucional para no reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo, además de que la libertad configurativa del legislador está limitada por los derechos fundamentales a la igualdad y no discriminación que operan de manera transversal.

Por otro lado, cabe mencionar que el Máximo Tribunal del país ha declarado la inconstitucionalidad de las leyes, de cualquier entidad federativa, que definan al matrimonio sólo como la unión entre un hombre y una mujer, y cuya finalidad es la procreación.

La CNDH confía en que los Congresos de Sonora y Guanajuato tengan en cuenta que los derechos humanos no se someten a consulta. Y que en los próximos días resuelvan en favor de los derechos humanos del colectivo LGBT+.