El Congreso de Puebla deberá acatar la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para reformar el Código Civil del Estado.
¡Mis poblanas! El pasado 3 de marzo de 2022, la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó el artículo 875 Ter, fracción II, del Código Civil de Puebla que exige tener 18 años cumplidos para solicitar el levantamiento de una nueva acta de nacimiento, por violar el derecho a la identidad de género de las infancias y adolescencias trans.
La SCJN sostuvo que la norma vulneraba el derecho a la igualdad y no discriminación de las personas menores de edad trans, por lo que declararon la inconstitucionalidad de la norma impugnada por unanimidad de once votos.
Por tanto, la presidenta de la «Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso», Mónica Silva Ruíz, señala que la Cámara de Diputados y Diputadas tiene un año para hacer la reforma.