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Hombres trans y personas no binarias tienen derecho a licencia de maternidad en Colombia

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Corte Constitucional de Colombia

La Corte Constitucional de Colombia, falló a favor de los hombres trans y las personas no binarias en materia de acceso a las licencias de maternidad

La Corte Constitucional de Colombia determinó que las licencias para mujeres en época del parto también son aplicables para hombres trans y personas que se identifican como no binarias. 

Importante decisión 

La trascendental decisión de la Corte se dió luego de revisar la constitucionalidad de las expresiones “trabajadora”, “madre” y “mujer”, contenidas en el artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo de Colombia.

Por ley en Colombia “Toda trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia de dieciocho (18) semanas en la época de parto, remunerada con el salario que devengue al momento de iniciar su licencia”.

Licencia de maternidad es aplicable para todo tipo de mujeres

El organismo constitucional de Colombia, declaró que la licencia de maternidad es aplicable para todo tipo de mujeres, de manera independiente de su condición por lo que tiene que contemplar a hombres trans y personas que se identifiquen como no binarias. 

La Corte, señaló que tomó su decisión en el derecho a la protección de los Derechos Fundamentales al libre desarrollo de la personalidad y a la dignidad humana y su proyección en las vivencias del género. La determinación se dió tras evaluar una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 2° de la Ley 2114 promovida en el año 2021, donde se alegaba que mujeres trans y personas que se identifican como no binarias estaban siendo excluidas por la norma.