Con 9 votos a favor y 1 en contra, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de México (SCJN), declaró como inconstitucional el artículo 19 de la Ley Regulatoria de Sociedades Civiles de Convivencia del Estado de Campeche que restringe la posibilidad de adopción a las parejas conformadas por personas del mismo sexo.
La resolución de la SCJN permitirá a la pareja de convivientes que impugnó la legislación estatal iniciar el trámite de adopción de un menor de edad en Campeche.
La SCJN señaló que el principal problema de la legislación de Campeche es que no se reconocía el derecho a formar una familia como un derecho humano.
Además, indicó que al momento de elaborar la legislación no se tomó en cuenta que la sociedad de convivencia genera un grupo familiar y que la Constitución no protege un concepto único de familia.
De esa forma la SCJN avaló la adopción de menores por parte de parejas del mismo sexo en Campeche.